Las entidades Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio del Trabajo, dieron a conocer la Circular Conjunta 001 del 11 de Abril de 2020, que como acto administrativo da a conocer las condiciones en que debería funcionar el sector constructor para las actividades que tengan activación y que sean permitidas posterior al periodo de cuartena obligatoria (27 de abril).
El gobierno ha sido claro en que la apertura gradual se haría de acuerdo a la evolución de cifras y datos de salud que podrían permitir la reactivación de actividades que no están exentas actualmente en el decreto 457 de 2020 . Es decir, actualmente las que pueden operar son las obras que tienen riesgo estructural pero para las otras actividades se debe esperar la aprobación por decreto del protocolo y a la espera de esta apertura que de viabilidad a otro tipo de obras, un periodo de aislamiento diferente que permitiría las funciones en obra.
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Identificación del riesgo será clave
Las condiciones de salud priman para la reactivación de la operación dentro de las obras, las medidas deben ser adoptadas por los representantes legales, personal administrativo, operativo, contratista, proveedores de bienes y servicios, personal de seguridad y salud en el trabajo encargados de los proyectos de construccioÌn con el fin de reducir el riesgo de exposicioÌn al SARS-CoV-2 (COVID-19) durante la emergencia sanitaria.
Esto implica que cada proyecto debe adaptar su protocolo de bioseguridad, prevención y promoción para la prevención del Coronavirus COVID-19 en las zonas de influencias de los proyectos en ejecución y el mismo debe estar articulado con los sistemas de seguridad y salud en el trabajo.
El protocolo se enfoca en:
- Medidas de prevención
Busca cuidar a los trabajadores en obra y otros espacios, con su círculo familiar y social, para prevenir la exposición con medidas claves como el uso de los EPP – Elementos de Protección Personal, donde el empleador debe garantizar el abastecimiento y uso obligatorio. - Medidas de contención y mitigación de casos
Son las bases para reaccionar ante uno o varios caso sospechoso o positivos, buscando cuidar de la mejor manera al personal y previniendo la diseminación hacia otras personas. - Medidas para la cadena de produccioÌn, abastecimiento, suministros y servicios.
Se enfoca en las relaciones con proveedores, terceros y cadenas de suministros. Busca cuidar a los colaboradores que entrar en contacto con externos para reducir el riesgo. Implica: obra, almacen, cadena de producción, cadena de comercialización.
Elemento clave: Plan de Aplicación del Protocolo Sanitario para la Obra (PAPSO)
Este es el mecanismo que debe presentar cada obra para dar una aplicación real y rigurosa que permitirá la operabilidad y cuidara al personal de obra
El responsable de los trabajadores debe realizar un PAPSO que planteé las estrategias, alternativas y actividades necesarias para minimizar o mitigar la transmisioÌn del virus COVID-19, de manera que asegure la protección de los trabajadores de la construcción.
Este debe incluir la descripcioÌn de la labor a ejecutar; las etapas de construcción; los horarios de trabajo; el cronograma de actividades con sus respectivas medidas de prevención sanitaria; los protocolos de higiene; la identificación de las zonas de cuidado en salud dentro de la obra; los profesionales responsables de la implementacioÌn del PAPSO que cumplan con los requisitos establecidos en teÌrminos de idoneidad, experiencia y cargo en la organizaciónn/obra; las estrategias de socialización del PAPSO y la carta de compromiso firmada por :el director de obra, la interventoría y/o la supervisiónn de obra, que asegure la implementacioÌn del PAPSO. Este plan debe ser ejecutado por el director, supervisor o ejecutor de la obra.
Puede consultar la circular completa aquí